CLAVES PRACTICAS CARTEL DE CAMIONES

CLAVES PRACTICAS CARTEL DE CAMIONES.

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La Comisión Europea confirmó en julio de 2016 una multa de 2.930 millones de euros, la mayor impuesta por Bruselas hasta la fecha, a cinco fabricantes de camiones; MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco y DAFa los que acusó de haber pactado los precios de venta de sus vehículos y haber repercutido en el comprador los costes de cumplir con las normas en materia de emisiones contaminantes. Fue la multa más importante impuesta por Bruselas a un cartel empresarial hasta la fecha, después de la sanción de 1.470 millones dictada en 2012 contra el pacto entre siete fabricantes de televisores para bajar los precios. Los cinco fabricantes admitieron las prácticas. Al año siguiente la Comisión Europea (CE) sancionó también a Scania, con 880,5 millones de euros, por los mismos hechos y haberse negado a colaborar con el Ejecutivo, por lo que no se benefició de la reducción de la multa que sí disfrutaron las otras implicadas Ha quedado probado que todos ellos se repartieron el mercado durante catorce años, lo que provocó unos cuantiosos sobrecostes para los transportistas que adquirían un camión. Además de fijar los precios, también fueron acusados de retrasar deliberadamente la entrada en el mercado de vehículos con tecnología para disminuir las emisiones contaminantes y trasladar a los consumidores los costes de la adopción de dicha tecnología. En total se calcula que en toda Europa hay unos 4 millones de camiones afectados por el cártel en Europa, de los cuales en España serían unos 400.000. Se estima que, si todos los camioneros afectados reclamaran, los fabricantes pueden enfrentarse a una multa de 50.000 millones de euros Si bien inicialmente, en España, solo había un plazo de un año para reclamar desde que se publicó oficialmente la multa de la Unión Europea a los fabricantes implicados en el cártel, en abril de 2017. Esto se debía a que en nuestro país no se aplicó la directiva de daños, que otorga un plazo de hasta 5 años para reclamar en un caso de estas características, hasta mayo de 2017. Ahora el escenario es bien distinto, ya que el TJUE ha confirmado la multa contra Scania, por lo que miles de transportistas tendrán de nuevo la opción de reclamar los sobrecostes que les impuso este particular cártel gracias a que la directiva introduce la figura de la «solidaridad plena». Por tanto, incluso aquellos adquirentes de vehículos distintos a la marca Scania pueden pedir cuentas al fabricante sueco gracias a este criterio. En nuestro país los reclamantes deberán formalizar su demanda de forma individual ya que, a diferencia de otros países con E.E.U.U, no se aceptan pleitos en masa (Class action). Habiendo recaído las primeras resoluciones de nuestros Tribunales sobre esta materia, pese a que la gran mayoría han resultado favorables a las pretensiones de adquirentes de vehículos, debido a las particularidades procesales y a la dificultad de la valoración de la prueba, se observa una importante disparidad entre las cuantías y porcentajes admitidos en cada caso. La presente obra, de la que son autores 15 Magistrados y especialistas en la materia, tiene por objetivo exponer de una forma práctica y con apoyo en los principales pronunciamientos judiciales el estado del cártel de camiones respecto de la jurisdicción o competencia judicial internacional, la competencia objetiva y territorial, la prescripción de las acciones âeurosúfollow onâeuros o el emplazamiento y traslado de documentos; la normativa aplicable y las posibles soluciones a los problemas que se plantean, desgranando las posturas adoptadas por los Juzgados españoles y vertiendo las soluciones consensuadas en los encuentros de unificación de criterios mantenidos por los Magistrados y Jueces